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Homero Figueroa ex director del Diecom en el ojo del huracán por contratos a empresas.

La pasada gestión de la Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental (Diecom) contrató este año servicios afines a sus funciones mediante varios procedimientos de excepción, utilizando como justificación la confianza y experiencia del contratista, a pesar de haber recibido mediante resolución una aclaración sobre el uso de ese tipo de proceso.

En 2024, mediante la Resolución RIC-114-2024, la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) le indicó al Diecom que la justificación planteada para realizar el citado proceso de excepción no era una condición que respaldara ese procedimiento.

La resolución data de junio de 2024, dictada a raíz de una solicitud de investigación presentada por la Fundación Jurídica para la Defensa de los Pobres contra el proceso DIECOM-CCC-PEOR-2023-0001, el cual ascendió a 1,450 millones de pesos y del cual se beneficiaron cuatro empresas: Aordominicana, All Media, OMD Dominicana y Advanced Media Center, lo que deja entender que se adjudicaron a esas empresas y la publicidad no fue repartidas a los medios de comunicación entre ellos: Programas de TV, Radio, periódicos digitales, entre otros.

A principios de este año, las cuatro firmas, representadas por: Alejandro Peña Defilló (Aordominicana), Ricardo Ginebra Pou (All Media), Johnny Matos Jáquez (OMD Dominicana) y María Milagros Peña de Ortega (Advanced Media Center) volvieron a ser seleccionadas por el Diecom en procesos de excepción, esta vez con contratos y adendas ascendentes a 2,700 millones de pesos, deben ser nombrados todos los medios de comunicación que estas empresas les pagaron por publicidad, entre otros.

En su documento, la DGCP especifica que para fundamentar un procedimiento de excepción por exclusividad se debe realizar un estudio previo de mercado en el que se determine que existe una cantidad limitada de proveedores con vocación de atender la necesidad institucional.

«Sin embargo, en el presente caso se verifica que, si bien fue llevado a cabo un estudio previo, en el mismo solo fueron consideradas las cuatro empresas escogidas ´bajo criterio de conveniencia´ por el Diecom, lo que impide determinar que se trata de un caso de exclusividad. Por tanto, no se verifica mérito en el referido alegato», agrega.

Fuente externa: diariolibre

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